*Reforman los artículos 36, 37 y 39 de la Ley Agraria
CDMX.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 452 votos a favor, el dictamen que reforma y adiciona los artículos 36, 37 y 39 de la Ley Agraria, para dotar de mayores facultades al Consejo de Vigilancia del ejido y asignar obligaciones al comisionado ejidal, a fin de brindar certeza sobre la legalidad de sus operaciones.
El documento, remitido al Senado de la República para efectos constitucionales, faculta al Consejo de Vigilancia a informar a la autoridad competente los actos u omisiones cometidos por el comisariado que puedan constituir una violación a su Reglamento Interno y a las leyes agrarias, convocar a la asamblea cuando no lo haga el comisariado y las demás que señalen la ley y el ordenamiento interno del ejido.
Establece que las personas que integren las candidaturas a los puestos de elección que conforman el Consejo de Vigilancia no deberán tener parentesco de consanguinidad con las candidaturas que integran el comisariado ejidal. El Consejo de Vigilancia deberá convocar a elecciones en un plazo no mayor de 30 días contados a partir de la fecha en que concluyan las funciones de los miembros propietarios.
También, considera que el comisariado ejidal deberá presentar un informe anual sobre el estado territorial y financiero que guarda el núcleo agrario, en los primeros 15 días del mes de enero de cada año.
Señala que el comisariado ejidal y el Consejo de Vigilancia promoverán la regularización de los predios y asentamientos humanos con los que cuente el ejido, previa autorización de la asamblea y con auxilio de las autoridades agrarias.