Luego de que la
diputada Eloísa Berber Zermeño diera a conocer la semblanza de la Reforma de la
Ley Orgánica Municipal del estado de Michoacán de Ocampo, para la creación del
Instituto Municipal de Planeación, durante el Foro estatal introductorio para la creación de los IMPLAN realizado la mañana
de ayer en el patio central del Congreso del estado de Michoacán, se conminó a
los presidentes municipales para que los que no cuenten con el IMPLAN a la
mayor brevedad conformen el Consejo directivo que será presidido por el
Presidente Municipal como el principal responsable político del ayuntamiento,
pero además deberá estar integrado por al menos tres miembros ciudadanos,
quienes junto con todo el Consejo directivo definirán las políticas públicas
para el crecimiento ordenado del municipio.
Durante su
ponencia dentro del mencionado foro en donde se contó con la presencia de al
menos 20 alcaldes y la representatividad del casi el 100 pro ciento de los
ayuntamientos, además de los ex gobernadores Fausto Vallejo y Salvador Jara
Guerrero, así como empresarios, diputados y senadores, Eloísa Berber Zermeño,
impulsora de esta iniciativa, destacó que las exigencias actuales de la demanda
social en la gestión municipal hacen impostergable que los ayuntamientos
definan y ejecuten proyectos que vayan más allá de una administración,
añadiendo que la práctica y la experiencia demuestran que los gobiernos
municipales planean de acuerdo con su periodo de gobierno, lo que ocasiona que
cada tres años se reinvente su municipio, lo que se traduce en un crecimiento
desordenado que en la mayor de las veces rebasa su capacidad de planeación.
Destacando que
una realidad recurrente en los municipios del estado es el desorden
territorial, al que se enfrentan diariamente con la aparición de asentamientos,
colonias y fraccionamientos en zonas alejadas del núcleo central, que muchas
veces no están municipalizados y, por ende no pueden recibir regularmente los
servicios públicos, que en un principio democrático deberían recibir, sin
embargo se carece de soluciones a estos problemas por la falta de una
administración que planee el crecimiento.
Y es por ello
que con la creación del Instituto Municipal de Planeación en los municipios de
Michoacán permitirá que la planeación del territorio municipal, -hasta hoy con
propuestas parciales y de corto plazo, no continúe más-, a partir de su
creación se eliminará el riesgo de que en el mediano plazo los municipios y su
administración evadan su responsabilidad por el asimétrico desarrollo
poblacional en su territorio, pero además el ayuntamiento no deberán gastar de
más, ni gastar mal, la eficiencia y eficacia del manejo presupuestal se
traducirá en avanzar mucho, con menos presupuesto, para ello la participación
ciudadana es sustancial al proponer,
vigilar y participar en el
cumplimiento con los programas
municipales contándose con la participación ciudadana en la definición de las
políticas públicas de crecimiento y desarrollo armónico, trabajando hombro con
hombro gobierno y ciudadanía construyendo en cada municipio una autentica
gobernabilidad.
La diputada
local por el distrito de Lázaro Cárdenas explicó que de
acuerdo con la reforma de la Ley Orgánica Municipal, se define al Instituto
Municipal de Planeación, como el <<órgano profesional especializado en la
planeación del desarrollo del Municipio, que procura y permite la permanencia
de los planes, a corto, mediano y largo plazo, la equidad en el desarrollo y la
participación social, que impulsa la competitividad económica y el equilibrio
ambiental de los planes, programas y proyectos del Municipio>>,además de
que mandata que la creación del
Instituto Municipal de Planeación, será de observancia general para los
municipios, con una característica sobresaliente será un organismo público y
consultivo, descentralizado de la Administración Pública Municipal, con
personalidad jurídica y patrimonio propio.
Respecto al
Titular del Instituto Municipal de Planeación, la legisladora señaló que se
realizará a través del Consejo Directivo, mediante convocatoria pública dando
prioridad e inclusión a la sociedad organizada y de acuerdo con el reglamento
que cada Ayuntamiento elabore para su funcionamiento y será por un periodo de
tres años pudiendo reelegirse hasta por un periodo más, el cual deberá cumplir
con un perfil especifico como es el de ser originario del municipio o contar
con al menos dos años de residente y tener su domicilio permanente en él, no
desempeñar algún cargo dentro de la Administración Pública y no tener
militancia en algún partido político, ser de reconocida honorabilidad y demostrar
conocimiento profesional sobre las actividades y acontecimientos pasados y
presentes que afectan la situación del municipio.
Por último
Berber Zermeño dio a conocer los objetivos de la creación del Instituto
Municipal de Planeación como es el de fortalecer el proceso de planeación
estratégica integral para el desarrollo sustentable a corto, mediano y largo
plazo del municipio; Orientar el desarrollo del Municipio a través de la
coordinación de los organismos de participación ciudadana; Promover la continuidad
de los planes y los programas Municipales de desarrollo; Elaborar estudios y
proyectos técnicos viables urbanos, semiurbanos y/o rurales, en apoyo a los programas Municipales;
Coordinarse con las dependencias, entidades y unidades administrativas para
diseñar la metodología para la elaboración de planes, programas y demás
instrumentos del sistema Municipal de planeación, así como de los proyectos de
investigación y sistemas de información,
que den sustento a los mismos; Crear, actualizar y dirigir el banco Municipal
de información estadística básica, a través de los instrumentos de
investigación estadística y de actualización cartográfica, así como poner a
disposición del Municipio, el sistema de información geográfica Municipal;
Elaborar estudios e identificar las zonas prioritarias de atención, para
facilitar su desarrollo económico y
social; Elaborar estudios y proyectos para fortalecer el proceso de toma de
decisiones del Ayuntamiento, así como impulsar el cumplimiento de los
compromisos establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo; Incorporar la
participación ciudadana en el proceso de planeación; y crear un modelo de
articulación, entre la sociedad y el Gobierno Municipal para el apoyo técnico y
normativo dentro del proceso de planeación.
Mientras que las
atribuciones del mismo serán el coadyuvar en la elaboración, actualización,
seguimiento y cumplimiento al Plan Municipal de Desarrollo; asegurar la
participación de representantes de la sociedad organizada, a través del
Instituto Municipal de Planeación; promover la congruencia del Plan Municipal
de Desarrollo con la planeación Estatal y Federal; participar en los procesos
de planeación a largo plazo del desarrollo en los centros de población;
promover la celebración de convenios para el logro de los objetivos del
desarrollo integral del Municipio; propiciar la vinculación para coadyuvar con
otras estructuras de planeación para el desarrollo sustentable del Municipio;
proponer al Ayuntamiento estrategias y acciones para la conservación, mejoramiento,
crecimiento y zoonificación de los centros de población; proponer al
Ayuntamiento las áreas naturales protegidas y las zonas sujetas a conservación
ecológica de competencia Municipal; elaborar programas en materia de desarrollo
sustentable en el ámbito Municipal; elaborar programas que alienten el
fortalecimiento de las actividades económicas y el mejoramiento de las
condiciones de vida de los habitantes del Municipio, privilegiando aquellos que
fortalezcan el consumo interno y la generación de mano de obra; coadyuvar en la
elaboración de los expedientes técnicos de integración de las obras, acciones y
programas; participar en los comités, comisiones, subcomisiones y órganos
Municipales y Estatales en materia de planeación, en los términos que señale la
normatividad aplicable; facilitar la celebración de acuerdos de cooperación
entre la sociedad y las diferentes instancias del Gobierno Municipal, para
generar mecanismos que aseguren la permanente participación ciudadana en los
procesos de planeación Municipal; y todas aquellas atribuciones que las Leyes,
Reglamentos y el Ayuntamiento le confieran.